En resumen
- Su estado civil del 31 de diciembre decide cómo declara ese año
- Por lo general reclama al niño el padre con quien vivió más noches
- La pensión alimenticia de acuerdos de 2019 en adelante no se deduce ni se declara como ingreso
- La manutención de hijos nunca se deduce y nunca es ingreso
Estado civil en el año del divorcio
Si su divorcio es final a más tardar el 31 de diciembre, declara como soltero, o cabeza de familia si califica, por todo el año. Si todavía no es final, sigue casado y elige casado en conjunto o por separado, salvo que califique como cabeza de familia por haber vivido aparte los últimos 6 meses del año. Vea ¿Estoy casado para los impuestos?
Quién reclama a los hijos
- El padre con custodia, con quien el niño vivió más noches en el año, por lo general reclama al niño.
- El padre con custodia puede dejar que el otro reclame al niño para el Crédito Tributario por Hijos firmando el Formulario 8332. El otro padre lo adjunta a su declaración.
- Aun con el Formulario 8332, el estado de cabeza de familia, el Crédito por Ingreso del Trabajo y el crédito por cuidado de niños se quedan con el padre con custodia.
- Si los dos padres reclaman al mismo niño, el IRS aplica reglas de desempate: el padre con quien el niño vivió más tiempo y, si es igual, el de mayor ingreso bruto ajustado.
Pensión alimenticia (alimony)
- Acuerdos de divorcio o separación firmados después de 2018: quien paga no la deduce y quien la recibe no la declara como ingreso.
- Acuerdos firmados en 2018 o antes: siguen las reglas anteriores. Quien paga la deduce y quien la recibe la declara como ingreso, salvo que el acuerdo se modifique después y la modificación diga que aplican las reglas nuevas.
Manutención de hijos
La manutención de hijos nunca la deduce quien la paga y nunca es ingreso para quien la recibe, sin importar cuándo se firmó el acuerdo.
Venta de la casa
- Cada persona puede excluir hasta $250,000 de ganancia al vender su casa principal si fue dueña y vivió en ella al menos 2 de los últimos 5 años. Los casados que declaran en conjunto pueden excluir hasta $500,000.
- Si usted sigue siendo dueño y su excónyuge vive allí según el acuerdo de divorcio o separación, ese tiempo puede contar como uso suyo.
- Pasarle la casa u otros bienes a su cónyuge o excónyuge como parte del divorcio por lo general no es una venta gravable.
Cambio de nombre
Si cambia de nombre, actualícelo con la Administración del Seguro Social antes de declarar. El nombre en su declaración debe coincidir con los registros del Seguro Social, o el IRS puede retrasar su reembolso.
¿Preguntas sobre su caso?
Agende una llamada gratis de 15 minutos con un miembro bilingüe del equipo. Ayuda todo el año del mismo equipo, y puede llamarnos si le llega una carta del IRS en julio.
Llamada gratis de 15 min¿Todavía no? Reciba un recordatorio en eneroFuentes oficiales: IRS Publicación 504 (divorciados o separados) ↗ · IRS: Formulario 8332 ↗ · IRS Publicación 523 (venta de su casa) ↗
Actualizado en octubre de 2026 para las declaraciones de 2026 que se presentan en 2027. Información general, no es asesoría tributaria para su caso. Las reglas pueden cambiar; su situación se confirma cuando preparamos su declaración.
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